Continúa la polémica tras más de 15 años del Operación Chavín de Huántar
El 22 de abril de 1997 un equipo militar
de élite realizó la operación “Chavín de Huántar” para rescatar a 72
rehenes que estaban secuestrados por el grupo terrorista Movimiento
Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) en la residencia del Embajador de
Japón, Morihisa Aoki, durante el gobierno de Alberto Fujimori.
Todos los terroristas habrían muerto en
combate. Sin embargo, testigos e indicios indican que uno de ellos
habría sido capturado vivo y ejecutado extrajudicialmente tras la acción
militar: El emerretista Eduardo Cruz Sánchez (a) “Tito”
Hasta ahora el Poder Judicial del Perú
no ha cumplido con esclarecer el caso. Por ello, la Corte Interamericana
de Derechos Humanos abrió una investigación contra el Estado Peruano,
cuya fase oral se realizó el pasado lunes 28 y martes 29, en San José,
Costa Rica.
Al respecto, hay una serie de puntos que aclarar:
* El interés de las investigaciones no es desprestigiar la operación militar, realizada de manera heroica por los comandos, sino establecer si se cometieron actos contrarios a las leyes de la guerra y a los derechos humanos.
* Parafraseando al ex ministro de Defensa Aurelio Loret de Mola, se trata de separar a los verdaderos héroes de los “gallinazos” que dieron muerte a prisioneros rendidos.
* Fue sólo tras el retorno de la
democracia al Perú que se pudieron investigar estos hechos de manera
independiente, lo que implicó la participación de un equipo mixto,
conformado por especialistas del Instituto de Medicina Legal (IML) y del
Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF).
*Entre los especialistas que fueron convocados por el Estado estuvieron los antropólogos forenses Clyde Snow (estadounidense) y José Pablo Baraybar (peruano).
* El emerretista Eduardo Cruz Sánchez
(a) “Tito” presenta una herida mortal en la cabeza, mientras que otros
terroristas presentan múltiples lesiones por arma de fuego en diversas
partes del cuerpo.
* La defensa del Estado ante la CIDH
trata de refutar la tesis de la ejecución extrajudicial del NN14
(ratificada por la Corte Suprema del Perú) afirmando que el cadáver de
“Tito” presentaría también un impacto de bala en el tórax.
* Sin embargo, llama la atención que la
lesión en el tórax no fue detectada por los peritos de la Policía
Nacional del Perú que analizaron el cuerpo del terrorista poco después
de fallecido. La supuesta bala en el tórax de “Tito” apareció
misteriosamente, quince años después.
Esta es la supuesta bala en el tórax del NN14, ‘Tito’ (más adelante volveremos con la radiografía)
¿Cómo y cuándo apareció la bala en el tórax de ‘Tito’? Vamos paso por paso:
1.- La necropsia realizada el 23 de
abril de 1997 (al día siguiente de la operación “Chavín de Huántar”) por
la PNP señala que se observó la cabeza y el tórax de “Tito” y se
concluyó lo siguiente:
[‘Tito’] presenta herida severa por proyectil de arma de fuego con fractura expuesta y pérdida de masa encefálica en la cabeza y paquipleuritis bilateral en el tórax
Obviemos por ahora lo expuesto en la
cabeza, ya que nadie discute que hubo una herida mortal en esa región.
Vamos a enfocarnos en el tórax. ¿Qué es la paquipleuritis?
Es el engrosamiento de la pleura por inflamación que ocurre
frecuentemente tras una enfermedad de pulmonar como, por ejemplo, la
tuberculosis.
Esto quiere decir que lo expuesto por la
PNP sobre el cuerpo de ‘Tito’, ojo, insisto, al día siguiente de su
fallecimiento, no dice nada respecto a una bala en el tórax, sino sobre
una inflamación de origen patológico. Esto es grave por cuanto la PNP
tuvo a la vista el cadáver completo, y si hubiera observado una herida
de bala en el tórax (con su orificio de entrada correspondiente) no
habría dejado de consignarla, como no lo hizo en los otros trece casos.
2.- Asimismo, la pericia médico-forense
elaborada el 24 de abril de 1997 por los médicos forenses Rafael Rivera
Ybarquín y Juan Carlos Leiva dice lo siguiente sobre el cadáver NN14,
correspondiente a “Tito”:
Presentaba una herida severa craneal en la región parieto occipital derecha con fractura expuesta y pérdida de tejido cerebral, un orificio de entrada en la región sub-auricular izquierda
Es decir, el NN14 recibió un balazo en la cabeza. Nada sobre una bala en el tórax.
3.- El año 2001, se realizó una nueva
necropsia a los restos de “Tito” en la Morgue Central de Lima.
Estuvieron presentes José Pablo Baraybar, director del EPAF; Clyde Snow y
los médicos Neptalí Quiroga Ferrer y Daniel Cavero Soto.
Cavero precisó que se realizó una toma
radiográfica del tórax del cadáver, en la cual observó una imagen “a la
altura del décimo arco costal derecho”, correspondiente a un fragmento de piedra negruzca de forma pirámide triangular (que mide 1.1 centímetros). No se trataba de un proyectil de arma de fuego.
4.- El perito español Jose Manuel Cartagena, contratado por el
Ministerio de Defensa del Perú discute sobre la distancia a la que se
le disparo a “Tito”. Al respecto, el agente del Estado Peruano ante la
CIDH, y actual ministro de Defensa, Pedro Cateriano, presenta el 25 de
junio del 2012 dicho peritaje (vía Canal N)
6.- De igual manera, el informe pericial
del perito Derrick Pounder, del Reino Unido, no mencionó ninguna bala
en el tórax del NN14, sino que discrepó sobre los argumentos presentados
por el Ministerio Público referente a la posición de “Tito” al momento
de morir y el ángulo del disparo.
El procurador del Ministerio de Defensa,
Gustavo Adrianzén, presenta, el 9 de julio del 2012, el informe
pericial del doctor Pounder (vía ATV+)
7.- Es aquí donde todo dio un giro de
180 grados: el 18 de julio del 2012, Pedro Cateriano, ministro de
Defensa, anunció que, según el médico de la Universidad de Columbia,
John Austin, “Tito”, recibió un disparo en la parte inferior derecha del
tórax, lo cual descarta que se realizara una ejecución extrajudicial.
El Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos afirmó también haber encontrado evidencias documentales sobre
una bala en el tórax de “Tito”. Para ello, se recurrió a radiografías
tomadas por el Ministerio Público, las cuales fueron remitidas al doctor
Austin para un examen radiológico, el cual determinó lo siguiente:
“…está presente una opacidad metálica que representa una bala, incluyendo diminutos fragmentos metálicos adyacentes, en el segmento inferior derecho del tórax”.
Es decir, el doctor Austin presentó su
conclusión sobre un examen radiológico de presuntas radiografías del
cuerpo NN14 (“Tito”) 15 años después de la operación “Chavín de
Huántar”, en la cual aparecería una bala en el tórax. Esta “bala
mágica”, que habría aparecido milagrosamente dentro del cuerpo de “Tito”
(ya que nunca se mencionó el orificio de entrada) es la “evidencia” a
la cual se aferra la defensa del Estado para afirmar que no hubo
ejecución extrajudicial.
Entonces, pregunto:
¿Por qué no se puede creer al doctor Austin y a la defensa del Estado?
Primero, porque como podemos apreciar en
las imágenes de las radiografías que presenta el Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos, no hay nada que indique que éstas pertenezcan al
NN14:
No hay nada que indique que es el NN14, excepto el título colocado por el Ministerio de Justicia en el PPT
Nada indica que esas radiografías son del NN14, excepto los títulos que coloca el Ministerio de Justicia
Segundo, porque, como dice el documento del Ministerio de Justicia, en la parte de “antecedentes”:
Se encontraron evidencias en el expediente de una bala en el tórax de ‘Tito’
Pero, ¿en qué foja? ¿Por qué no
especifica dónde? ¿En qué parte dice que se encontraron evidencias de
una bala en el tórax de ‘Tito’ antes de lo expuesto por el doctor
Austin?
¿Cómo es posible que -DURANTE MAS DE 15
AÑOS- de todos los expertos que han analizado el NN14, entre los QUE se
encuentran: José Pablo Baraybar, el doctor Snow; médicos de Medicina
Legal, PNP, los peritos extranjeros, entre otros; ninguno haya visto
una bala en el tórax y el doctor Austin sí?
Por último, y lo más importante, si
había una bala en el tórax y esta fue plasmada en una radiografía, ¿por
qué ninguno de los citados expertos la recuperó?
Dato
En agosto del año pasado los medios de
comunicación difundieron la grabación de una conversación que
mantuvieron en mayo del 2012 (no olvidar esta fecha), el ex agente del
Estado ante la CIDH, Pedro Cateriano; el entonces ministro de Justicia,
Juan Jiménez Mayor; la jueza Carmen Rojassi y el expresidente del Poder
Judicial, César San Martín, sobre “unificar criterios” en el caso de ejecución extrajudicial de Eduardo Cruz Sánchez, ‘Tito’.
Dos meses después apareció Cateriano
para anunciar la conclusión del doctor Austin sobre la -supuesta- bala
en la parte inferior derecha del tórax del NN14, realizada dos días
antes, es decir, el 16 de junio del 2012.
¿Podría ser la “unificación de criterios” una mera coincidencia?